27 de junio 2024 - 08:03

AFIP extiende el plazo para la presentación de información CRS y FATCA

AFIP extiende el plazo para la presentación de información CRS y FATCA. Los regímenes de intercambio de información CRS y FATCA tienen como objetivo prevenir la evasión fiscal mediante la identificación y el reporte de cuentas mantenidas por contribuyentes no residentes.

La resolución menciona la necesidad de modificar el formulario de declaración jurada F.8301. 

La resolución menciona la necesidad de modificar el formulario de declaración jurada F.8301. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por medio de la Resolución General 5517/2024 estableció un nuevo un régimen de información e intercambio automático de data financiera para fines fiscales bajo el Estándar Común de Reporte (CRS) y la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA).

Puntos clave de la norma

La fecha límite para presentar la información CRS y FATCA correspondiente al año 2023 se extiende "excepcionalmente hasta entre el 1 y el 31 de julio de 2024".

Esto significa que, las instituciones financieras que ya presentaron su información del 2023 antes del 1 de julio de 2024, deberán presentarla nuevamente en el plazo indicado anteriormente, utilizando la última versión del formulario de declaración jurada F.8301 y las especificaciones técnicas detalladas en el manual "Régimen de información financiera CRS y FATCA". Este manual se puede encontrar en el sitio web de la AFIP.

El texto recuerda que dicha resolución se enmarca dentro de las Normas Comunes en Materia de Presentación de Información (CRS) elaboradas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). La resolución se basa en acuerdos internacionales, como la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal y el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el intercambio automático de información financiera, así como el Acuerdo entre Estados Unidos y Argentina para Mejorar el Cumplimiento Tributario Internacional e implementar FATCA.

aviso_309707.pdf

Además, la resolución menciona la necesidad de modificar el formulario de declaración jurada F.8301 para incluir las cuentas financieras a intercambiar bajo el Acuerdo FATCA y realizar presentaciones rectificativas. También se refiere a la habilitación de mecanismos de prueba para las presentaciones y la extensión excepcional del plazo para el cumplimiento del régimen de información correspondiente al año 2023, estableciendo que dichas presentaciones deberán realizarse entre el 1 y el 31 de julio de 2024.

Por último, remarca que, los regímenes de intercambio de información CRS y FATCA tienen como objetivo prevenir la evasión fiscal mediante la identificación y el reporte de cuentas mantenidas por contribuyentes no residentes.

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