25 de octubre 2024 - 07:53

AFIP prorrogó el pago del anticipo de Ganancias pero adelantó la fecha de presentación de declaraciones juradas

La resolución establece nuevas fechas de vencimiento excepcionales para los anticipos de impuestos a las ganancias y bienes personales de 2024, facilitando un cronograma más flexible para personas y sucesiones indivisas.

 También se especifica que los métodos de pago como el débito automático y el pago telefónico no estarán disponibles para el primer anticipo.

 También se especifica que los métodos de pago como el débito automático y el pago telefónico no estarán disponibles para el primer anticipo.

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Tras la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los plazos para el pago de los anticipos del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al año 2024 para personas físicas y sucesiones indivisas.

Los principales cambios que introduce la Resolución General 5592/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial son las nuevas fechas de vencimiento para los anticipos divididas según la terminación del CUIT del contribuyente. Esto significa que no todos los contribuyentes tendrán el mismo plazo para pagar.

Al mismo tiempo, se modificó el plazo para la presentación de la declaración jurada anual que quedó con vencimiento en mayo para presentar la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias. También menciona que se suspenden temporalmente algunas formas de pago para el primer anticipo, como el débito automático y el pago telefónico con tarjeta de crédito.

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Se modificó el plazo para la presentación de la declaración jurada anual

Se modificó el plazo para la presentación de la declaración jurada anual

Así quedaron las fechas

Impuesto a las Ganancias:

Se definieron cinco anticipos para el período fiscal 2024. Las fechas de vencimiento varían según la terminación de la CUIT del contribuyente.

Primer Anticipo:

  • Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
  • Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
  • Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024

Segundo Anticipo:

  • Terminación CUIT 0-3: 13/12/2024
  • Terminación CUIT 4-6: 16/12/2024
  • Terminación CUIT 7-9: 17/12/2024

Tercer Anticipo:

  • Terminación CUIT 0-3: 13/02/2025
  • Terminación CUIT 4-6: 14/02/2025
  • Terminación CUIT 7-9: 17/02/2025

Cuarto Anticipo:

  • Terminación CUIT 0-3: 13/03/2025
  • Terminación CUIT 4-6: 14/03/2025
  • Terminación CUIT 7-9: 17/03/2025

Quinto Anticipo:

  • Terminación CUIT 0-3: 14/04/2025
  • Terminación CUIT 4-6: 15/04/2025
  • Terminación CUIT 7-9: 16/04/2025

Impuesto sobre los Bienes Personales

Las fechas de vencimiento del primer y segundo anticipo para el período fiscal 2024 fueron modificadas, con un carácter excepcional, dado que originalmente vencían en agosto y octubre de 2024.

Primer anticipo

  • Terminación CUIT 0-3: 14/10/2024
  • Terminación CUIT 4-6: 15/10/2024
  • Terminación CUIT 7-9: 16/10/2024

Segundo Anticipo:

  • Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
  • Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
  • Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024

La resolución entra en vigencia a partir de su fecha de publicación en el Boletín Oficial y fue firmada por Florencia Lucila Misrahi, administradora federal de la ARCA.

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