La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) busca unificar y ordenar las normativas vigentes sobre el régimen de Destinación Suspensiva de Exportación Temporaria. La destinación de exportación temporaria es aquella en virtual de la cual, la mercadería exportada puede permanecer con una finalidad y por un plazo determinado fuera del territorio aduanero, quedando sometida a la obligación de reimportarla para consumo.
Comercio exterior: ARCA realizó cambios clave en el régimen de exportación temporaria
La resolución general establece las disposiciones y procedimientos para utilizar el régimen de Destinación Suspensiva de Exportación Temporaria, que se tramitará a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).
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En este sentido, la Resolución General establece las disposiciones y procedimientos para utilizar el régimen de Destinación Suspensiva de Exportación Temporaria, que se tramitará a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), detallado en los Anexos aprobados. La Subdirección General de Recaudación actualizará la información de los Anexos y dictará instrucciones operativas, que serán publicadas en el micrositio "Exportaciones Temporarias" del sitio web de la AFIP y comunicadas a los operadores por el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).
Asimismo, se abrogan varias resoluciones y disposiciones previas relacionadas con el tema, y se establece que toda referencia a estas normativas será considerada como vinculada a la nueva resolución. La resolución entra en vigencia al momento de su publicación en el Boletín Oficial y su implementación será según el cronograma publicado en el micrositio correspondiente.
Finalmente, se comunica que esta resolución será publicada en el Boletín Oficial y difundida a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas.
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