El Gobierno nacional pondrá en marcha el organismo que tiene a su cargo autorizar las fusiones y adquisiciones de empresas o determinar si un jugador en un mercado tiene posiciones dominantes. Se trata de la Autoridad de Defensa de la Competencia que está obligada a dar un veredicto cuando una operación involucre un volumen de negocios que supere aproximadamente los u$s104 millones.
Defensa de la Competencia: pondrán en marcha el organismo que autorizará fusiones y adquisiciones de empresas
El tribunal deberá intervenir cuando el volumen de negocios involucrado supere los u$s104 millones. Se anunció el inicio de selección de sus miembros, cuyos cargos durarán cinco años.
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Fusiones y adquisiciones: el Gobierno trata de poner en marcha el organismo que autorizará este tipo de operaciones.
Así lo anunció la Secretaría de Industria y Comercio mediante un comunicado. Según señaló la dependencia del Ministerio de Economía de la Nación, se trata de cumplir con un mandato legal de más de 25 años que dispone la creación de un ente autárquico para que entienda en la materia.
El Poder Ejecutivo reglamentó el concurso público de antecedentes y oposición para la preselección de los funcionarios que conformarán la Autoridad Nacional de la Competencia.
La misma funcionará como un organismo descentralizado y autárquico que reemplazará a la actual Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, con el fin de cumplir con el mandato de la ley 27.442 de Defensa de la Competencia.
Mediante la resolución conjunta 1/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial, se establecen los requisitos, el procedimiento de evaluación y el reglamento para participar del concurso público que seleccionará a los miembros superiores de la Autoridad Nacional de la Competencia . Los mandatos serán por cinco años con posibilidad de reelección por única vez.
La Autoridad Nacional de la Competencia deberá estar conformada por los 5 miembros del tribunal, entre los que se encuentra el Presidente y cuatro vocales. También se concursará el Secretario a cargo de la Secretaría de Conductas Anticompetitivas y el Secretario a cargo de la Secretaría de Concentraciones Económicas.
La designación de los miembros del organismo se realizará mediante un concurso público de antecedentes y oposición que llevará adelante un jurado integrado por el Ministro de Economía, el Procurador del Tesoro de la Nación, un representante de la Academia Nacional del Derecho y un representante de la Asociación Argentina de Economía Política.
No es la primera vez que se trata de conformar este organismo, que tiene que definir casos como el de la compra de la filial argentina de Telefónica por parte del Grupo Clarín.
Defensa de la Competencia: Macri no pudo
Durante el gobierno de Mauricio Macri se aprobó la actual legislación, que reemplazó la anterior Ley de Defensa de la Competencia, que databa de la época de Carlos Menem.
El funcionario que llevó a cabo esa tarea fue Esteban Greco, un abogado especializado en el tema docente de la Universidad de Buenos Aires. Asumió al inicio de la gestión del gobierno de Cambiemos, avanzó con la reforma que se aprobó por el Congreso y luego inició el proceso de elección y designación de las autoridades.
La designación final de los funcionarios requiere la aprobación del Senado, que recibe los pliegos presentados por el Poder Ejecutivo. Macri llegó a la instancia de presentación de las propuestas sobre el final de su mandato.
Al llegar Alberto Fernández al gobierno nacional en 2019 designó al frente del Ministerio de la Producción al economista Matías Kulfas, que decidió frenar el proceso y retirar los pliegos del Congreso bajo el argumento de que había irregularidades en la selección de las personas designadas. Su cuestionamiento era que las propuestas de funcionarios se repetían para diferentes cargos.
Entonces, Alberto Fernández designó al abogado Rodrigo Sebastián Luchinsky como presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), a través de un decreto, pero no inició el proceso de designación del tribunal de acuerdo a lo que exigía la ley.
Para qué sirve Defensa de la Competencia
La Ley de Defensa de la Competencia prohíbe todo acto que limite, restrinja, falsee o distorsione la competencia, siempre que pueda resultar un perjuicio para el interés económico general.
Algunas de las conductas que persigue son:
- Acuerdos para fijación de precios
- Repartir en forma horizontal zonas, mercados, clientes y fuentes de aprovisionamiento
- Concertar o coordinar posturas en las licitaciones o concursos
- Impedir, dificultar u obstaculizar a terceras personas la entrada o permanencia en un mercado o excluirlas de éste
- Prácticas atadas.
- Precios predatorios.
Control de fusiones y adquisiciones: el caso Telefónica
La ley prevé que ciertas transacciones son consideradas concentraciones económicas cuando resulten en la toma de control mediante: fusión; transferencia de fondo de comercio; adquisición de acciones; y adquisición de ciertos y determinados activos.
Todo esto es materia de intervención ante el anuncio de que Telefónica de España le vendió al Grupo Clarín su filial argentina teniendo en cuenta que ya es propietario de Telecom.
La concentración económica requiere la aprobación del Tribunal siempre que la operación supere un determinado volumen de negocios que en la actualidad debe superar los $102,228 millones a valores actuales equivalentes a unos u$s104 millones.
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