29 de abril 2025 - 17:04

ARCA anunció la reducción del porcentaje del pago a cuenta para Bienes Personales y Ganancias

La nueva normativa permitirá a los contribuyentes financiar una porción mayor del total adeudado.

Esta nueva normativa se aplicará a los planes presentados desde el 1 de mayo de 2025.
Esta nueva normativa se aplicará a los planes presentados desde el 1 de mayo de 2025.

En octubre del año pasado, por decisión del Gobierno Nacional y a través del Decreto 953/2024, la AFIP fue reemplazada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El nuevo organismo heredó todas sus responsabilidades como entidad tributaria, incluida la recaudación de impuestos, el control del comercio exterior y el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia impositiva, aduanera y previsional.

Este martes, el organismo anunció la modificación de las condiciones de adhesión a los Planes de Facilidades de Pago permanentes. Esta nueva normativa se aplicará a los planes presentados desde el 1 de mayo de 2025.

A través de la Resolución General 5681/25, que será publicada en el Boletín Oficial, el organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo así financiar una mayor parte del monto adeudado.

La medida tiene por objetivo optimizar la administración tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales correspondientes a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.

De esta manera, según el tipo de contribuyente el pago a cuenta obligatorio a ingresar al momento de la adhesión quedó de la siguiente manera:

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ARCA anunció la reducción del porcentaje del pago a cuenta para bienes personales y ganancias.

ARCA anunció la reducción del porcentaje del pago a cuenta para bienes personales y ganancias.

¿Cómo se realiza la adhesión?

Para adherir a los planes de facilidades de pago se deberá ingresar a “Mis Facilidades”, opción “RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente”.

Se puede consultar esta guía de solo 7 pasos: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaspasopaso/VerGuia.aspx?id=461

¿Cuáles son los requisitos necesarios?

Los contribuyentes deberán tener:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada.

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