La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se encarga de la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos nacionales, los recursos de la seguridad social y el control de las actividades del comercio exterior, con el objetivo de administrar y regular el sistema tributario.
ARCA: esta es la documentación que puede pedir para justificar movimientos en billeteras virtuales
El organismo actualizó el límite de los montos para operaciones digitales. Conocé los detalles a continuación.
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¡Atención contribuyentes! ARCA publicó los vencimientos de febrero 2025
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El importante comunicado de ARCA para todos los usuarios de billeteras virtuales
Debido a la modificación de la Resolución N° 4298 impulsada por el fisco, los usuarios tendrán que tener en cuenta los montos máximos actuales ya que, en caso contrario, serán investigados por la entidad.
Según la ARCA, esta medida tiene como propósito la "simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información".
ARCA: montos que controlará en las billeteras virtuales
El monto varía según el tipo de importe. En ese sentido, estos son los valores por los cuales el ARCA será notificado:
Más de $600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
Más de $1.000.000
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
Más de $2.000.000
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
Documentación que puede pedir ARCA
En caso de observar movimientos inusuales de dinero, el ente regulador podrá pedir documentos:
- Constancia del monotributo.
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
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