En octubre del año pasado, por decisión del Gobierno Nacional y a través del Decreto 953/2024, la AFIP fue reemplazada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El nuevo organismo heredó todas sus responsabilidades como entidad tributaria, incluida la recaudación de impuestos, el control del comercio exterior y el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia impositiva, aduanera y previsional.
ARCA: este grupo de contribuyentes dejará de pagar el monotributo en marzo 2025
El principal objetivo de esta nueva medida es aliviar la carga tributaria, fomentar los contratos de alquiler y la transparencia fiscal.
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ARCA especificó los montos que cada contribuyente debe tener en cuenta para estar al día.
En las últimas semanas, la entidad anunció nuevas modificaciones para quienes están dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, conocidos como monotributistas. Se confirmaron las categorías actualizadas en base a la facturación, y sus respectivos impuestos a pagar.
Además, ARCA anunció un beneficio especial dirigido a un grupo específico de contribuyentes adheridos al monotributo. Estos podrán acceder a una bonificación del 100% en el pago del monto contribuyente, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos por el organismo.
Monto del monotributo según la categoría
El valor que debe abonar cada una de las categorías incluye el impuesto integrado, el aporte al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y la obra social.
Categoría A
- Impuesto integrado: $3.633,98
- Aportes al SIPA: $11.871,01
- Aportes obra social: $16.716,32
- Total: $ 32.221,32
Categoría B
- Impuesto integrado: $6.904,57
- Aportes al SIPA: $13.058,11
- Aportes obra social:$16.716,32
- Total: $36.679
Categoría C
- Impuesto integrado: $11.871,01
- Aportes al SIPA: $14.363,92
- Aportes obra social: $16.716,32
- Total: $42.951,26
Categoría D
- Impuesto integrado: $19.381,24 (servicios) o $18.048,78 (venta de cosas muebles).
- Aportes al SIPA: $15.800,32
- Aportes obra social: $19.865,77
- Total: $55.047,33 (servicios) o $53.714,87 (venta de cosas muebles).
Categoría E
- Impuesto integrado: $36.339,83 (servicios) o $28.829,60 (venta de cosas muebles)
- Aportes al SIPA: $17.380,35
- Aportes obra social: $24.226,55
- Total: $77.946,73 (servicios) o $70.436,50 (venta de cosas muebles).
Categoría F
- Impuesto integrado: $51.118,03 (servicios) o $37.551,16 (venta de cosas muebles).
- Aportes al SIPA: $19.118,38
- Aportes obra social: $27.860,54
- Total: $98.096,95 (servicios) o $84.530,08 (venta de cosas muebles).
Categoría G
- Impuesto integrado: $93.029,96 (servicios) o $46.514,98 (venta de cosas muebles)
- Aportes al SIPA: $37.472,03
- Aportes obra social: $30.040,93
- Total: $149.836,63 (servicios) o $103.321,64 (venta de cosas muebles).
Categoría H
- Impuesto integrado: $266.492,09 (impuesto integrado para servicios) o $133.246,04 (impuesto integrado para venta de cosas muebles)
- Aportes al SIPA: $26.765,73
- Aportes obra social:$36.097,56
- Total: $340.061,68 (servicios) o $206.815,64 (venta de cosas muebles).
Categoría I
- Impuesto integrado: $529.955,85 (servicios) o $211.982,34 (venta de cosas muebles)
- Aportes al SIPA: $52.460,84
- Aportes obra social: $44.576,86
- Total: $626.993,55 (servicios) o $309.020,04 (venta de cosas muebles).
Categoría J
- Impuesto integrado: $635.947,02 (impuesto integrado para servicios) o $254.378,81 (impuesto integrado para venta de cosas muebles).
- Aportes al SIPA: $73.445,18
- Aportes obra social: $50.027,83
- Total: $759.420,03 (servicios) o $377.851,82 (venta de cosas muebles).
Categoría K
- Impuesto integrado: $890.325,83 (servicios) o $296.775,28 (venta de cosas muebles).
- Aportes al SIPA: $102.823,25
- Aportes obra social: $57.174,67
- Total: $1.050.323,75 (servicios) o $456.773,19 (venta de cosas muebles).
¿Quiénes no pagarán el monotributo en marzo 2025?
ARCA implementó un nuevo beneficio clave dirigido un grupo de contribuyentes del Régimen Simplificado. Se trata de una bonificación del 100% en la cuota del monotributo para aquellos que tienen propiedades en alquiler.
Oficializada en la Resolución 5546/2024, publicada en el Boletín Oficial, esta medida tiene como objetivo incentivar la formalización de contratos de alquiler, aliviar la carga tributaria y fomentar la transparencia fiscal.
Entre los beneficios clave de esta nueva normativa destaca, en primer lugar, que la actividad de alquiler de inmuebles ahora se considera una sola unidad de explotación, sin importar la cantidad de propiedades alquiladas. Anteriormente, cada inmueble se contaba como una unidad independiente, y solo se permitía un máximo de tres para permanecer en el régimen de monotributo.
Por otro lado, desde ahora, los pequeños contribuyentes que alquilen hasta dos unidades quedarán exentos del impuesto integrado correspondiente al monotributo, siempre que los ingresos provenientes de los alquileres sean los únicos obtenidos dentro de este régimen.
De esta manera, los monotributistas que hayan adherido al Régimen Simplificado exclusivamente para desarrollar la actividad de locación de hasta dos inmuebles podrán acceder a esta bonificación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Los cuales son:
- Registrar los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmueble (RELI) dentro de los primeros 15 días posteriores a la firma del contrato.
- Estar inscriptos como monotributistas en la actividad de alquileres.
- No contar con más de tres propiedades.
- No superar los ingresos fijados para la categoría K del monotributo, que se actualizó a $ 82.370.281,28.
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