Desde octubre del 2024, cuando la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fue disuelta por decreto por el Gobierno de Javier Milei, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tomó su lugar y sus responsabilidades como entre tributario.
ARCA: volverán los embargos a contribuyentes que no cumplan con estos requisitos
Esta reglamentación de la ARCA que se acaba de retomar hará excepciones con ciertos contribuyentes que cumplan con determinados requisitos.
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Desde el reemplazo, se realizaron varias modificaciones en algunas reglamentaciones previas, como el control de las transferencias bancarias y las formas de pago del monotributo. Recientemente confirmaron que volverían los embargos para ciertos contribuyentes a partir de enero de 2025.
El embargo de contribuyentes
En diciembre se publicó la Resolución 1445/2024 que renovó la medida de embargue para ciertas cuentas de contribuyentes, y ya está vigente en todo el país. Esta permitirá iniciar juicios y ejercer trabas económicas a quienes tengan deudas vencidas hasta el 31 de marzo de 2024. Incluye multas, intereses y sanciones relacionadas con esas obligaciones. Esto abarca tanto tributos como recursos de la seguridad social.
Como medida para mejorar la recaudación fiscal, los pequeños contribuyentes también estarán sujetos a embargos. ARCA podrá avanzar en casos de mora según lo dispuesto por la nueva resolución. La medida afecta a personas físicas y jurídicas con obligaciones pendientes.
Sectores exentos
Esta normativa tiene un grupo muy específico que obtendrá un plazo extra para abonar sus deudas con la ARCA, e incluye a las entidades sin fines de lucro a las empresas que estén dentro del rubro de la salud y la medicina. La suspensión para estos sectores estará vigente hasta el 31 de julio de 2025. Este período busca ofrecerles un alivio fiscal ante las dificultades económicas que puedan enfrentar estos grupos.
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