10 de enero 2025 - 09:30

¡Atención! Estos grupos de conductores dejarán de pagar la patente en 2025

Según el presupuesto 2025 del Gobierno de CABA, hay menos grupos exentos de abonarla.

El cobro del impuesto de patente es controlado por los municipios de cada provincia.

El cobro del impuesto de patente es controlado por los municipios de cada provincia.

La Administración Nacional de Ingresos Públicos (AGIP) confirmó quiénes no pagarán el impuesto de patente este 2025. Es importante recordar que el cobro del mismo está regulado por el municipio de cada provincia.

Con la aprobación del presupuesto 2025 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hubo cambios en el pago de patente. Ahora los autos comerciales, como pick-ups o furgones, deberán abonar el impuesto.

Quiénes dejarán de pagar patente este año

Hay dos grupos de conductores que todavía no pagan patente. En primer lugar están aquellos que tengan un vehículo con más de 25 años de antigüedad, es decir, que se haya fabricado antes de los 2000. Esto puede variar en algunas provincias, como es el caso de Neuquén, que podrán dejar de pagar patente los autos con 20 años de antigüedad.

Por otro lado, los vehículos adaptados a personas con discapacidad tampoco pagan patente. Hasta el año pasado, los dueños de autos 0km híbridos o eléctricos tampoco lo hacían, pero con la aprobación del presupuesto se decretó que pagarán patente a raíz de la propuesta del jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, de eliminar las exenciones que rigen desde 2019 sobre el parque automotor electrificado de CABA.

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Cómo es el trámite de eximición de pago de patente

En caso de que la eximición de pago se deba a la antigüedad del auto, no hace falta realizar ningún trámite, sino que se realiza automáticamente. Pero en caso de haber pagado después de los 25 años, los conductores pueden reclamar la reimputación a través de la página oficial de la AGIP.

Sin embargo, en caso de que la exención se justifique por discapacidad el trámite se puede realizar a través de la página de AGIP o de manera presencial. Para hacerlo de esta última forma, estos son todos los documentos que se deberán presentar:

  • Título de Propiedad del Automotor. El mismo debe hallarse inscripto a favor del beneficiario o cónyuge o pareja conviviente, padre, madre o curador en caso de incapacidad, de los nietos o del conviviente del beneficiario.
  • Original y Copia certificada por la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A. y C.P.).
  • Partida de matrimonio, si correspondiera acreditar el vínculo: Original o Fotocopia autenticada.
  • Certificado de convivencia con la persona con discapacidad, si el vehículo estuviera a nombre del conviviente del beneficiario: Original o Fotocopia autenticada.
  • Partida de nacimiento si el vehículo estuviera a nombre del padre, la madre o nieto del beneficiario: Original o Fotocopia autenticada.
  • Designación judicial del tutor o curador, en caso de corresponder: Original y Fotocopia autenticada.
  • Certificado de discapacidad emitido por la junta médica del hospital correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires: Original y Fotocopia.
  • Formulario "Solicitud de Exención Personas con Discapacidad - Patentes" que se encuentra en la página de AGIP.
  • Tanto el titular, como el beneficiario no titular y el apoderado deberán presentar su DNI original y copia.

Si se quiere hacer a través de la página web, el titular del auto deberá ingresar con su CUIL y completar el formulario. Además, deberá presentar la siguiente información:

  • Título de Propiedad del Automotor completo.
  • Original y Copia certificada por la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A. y C.P.).
  • Certificado de discapacidad emitido por la junta médica del hospital correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
  • DNI de ambas caras del titular del vehículo y del beneficiario en caso de corresponder.
  • Formulario "Solicitud de Exención Personas con Discapacidad - Patentes".
  • Nota solicitando la exención: motivo, nombre y apellido del titular, número de patente del vehículo, firma, aclaración, DNI.
  • Si el beneficiario no es el titular del dominio, deberá adjuntar el documento correspondiente que acredite el vínculo.
  • Certificado de convivencia con la persona con discapacidad, si el vehículo estuviera a nombre del conviviente del beneficiario.
  • Partida de nacimiento si el vehículo estuviera a nombre del padre, la madre o nieto del beneficiario.
  • Acta de matrimonio si el beneficiario es el cónyuge del titular.

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