¡Atención monotributo! Qué pasa si facturé más del límite de mi categoría

El régimen de monotributo de la AFIP requiere que los contribuyentes estén atentos a los montos de facturación mensuales y anuales.

Atención monotributistas: Cuándo recategorizarse si superaste tu límite de facturación anual. 

Atención monotributistas: Cuándo recategorizarse si superaste tu límite de facturación anual. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofrece a los pequeños contribuyentes un sistema de pagos mensuales para que puedan facturar sus servicios independientes, y así aportar para su jubilación y su obra social, además de cumplir con sus obligaciones impositivas. Según el nivel de facturación anual, se ingresa a una categoría.

El pago del monotributo se basa en la categoría a la cual se pertenece, y estas se actualizan cada seis meses. En el caso de que un contribuyente supere la facturación anual que tenía al momento de categorizarse, se deberá proceder de cierta manera para no entrar en infracción y generar deuda con la AFIP.

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Qué pasa en AFIP si facturé más de lo permitido en mi categoría de monotributo

Cuando un monotributista supera el límite de facturación establecido para su categoría, pueden darse dos situaciones distintas:

  • Recategorización: Si el monto facturado supera el límite de su categoría actual, el contribuyente deberá cambiar a una categoría superior, que corresponda a la nueva facturación registrada.
  • Pérdida de la condición de monotributista y posible transición al régimen general: En casos donde el exceso de facturación es considerable, llegando a sobrepasar incluso el tope máximo del Monotributo (categoría "H" para servicios o "K" para venta de bienes), el contribuyente deberá abandonar el régimen simplificado y adoptar el régimen general, lo cual implica mayores obligaciones fiscales y una estructura tributaria más compleja.

Cómo y cuándo me puedo recategorizar en el monotributo

La recategorización puede realizarse en dos periodos anuales, del 1 al 20 de enero y del 1 al 20 de julio. Salvo que el contribuyente supere el límite máximo de la categoría más alta, mantendrá su categoría actual hasta el siguiente periodo de recategorización. Durante este tiempo, continuará pagando la misma cuota mensual sin modificaciones.

Además es importante recordar que en estos períodos del año la AFIP actualiza los montos máximos de facturación anual en base a la inflación, por lo que puede incluso no ser necesario moverse de categoría.

Escalas vigentes del monotributo en octubre 2024

  • Categoría A: $2.108.288,01 por año
  • Categoría B: $3.133.941,63 por año
  • Categoría C: $4.387.518,23 por año
  • Categoría D: $5.449.094,55 por año
  • Categoría E: $6.416.528,72 por año
  • Categoría F: $8.020.660,90 por año
  • Categoría G: $9.624.793,05 por año
  • Categoría H: $11.916.410,45 por año
  • Categoría I: $13.337.213,22 por año
  • Categoría J: $15.285.088,04 por año
  • Categoría K: $16.957.968,71 por año

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