5 de abril 2025 - 09:30

Cómo obtener una pensión por fallecimiento de ANSES en abril 2025

La prestación está dirigida a familiares directos y busca garantizar la continuidad del ingreso en el hogar.

Cómo acceder a una pensión por el fallecimiento de un familiar.

Cómo acceder a una pensión por el fallecimiento de un familiar.

Una de estas herramientas es la pensión por fallecimiento, un beneficio clave que tiene como objetivo acompañar a quienes atraviesan esta situación tan delicada, especialmente cuando dependían económicamente del ingreso del fallecido. Esta pensión forma parte del abanico de prestaciones no contributivas y contributivas que administra ANSES, las cuales están diseñadas para asistir a los sectores más vulnerables de la población y responder a diferentes etapas o circunstancias de la vida, como la maternidad, la enfermedad, el desempleo o el fallecimiento de un ser querido.

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ANSES.

ANSES.

Quiénes pueden acceder

En caso de querer acceder a una pensión por fallecimiento, ya sea de una persona trabajadora o de un jubilado, es necesario cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

Pensión por fallecimiento de un familiar jubilado:

  • Cónyuge: con la partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. En caso de tener un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido.
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Pensión por fallecimiento de un familiar trabajador:

  • Cónyuge: con partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: es necesario acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijo: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido.

Por otro lado, el trabajador fallecido debía cumplir:

  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Como aportante regular: haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Como aportante irregular: haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento o haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial.

Es importante aclarar que si un integrante del grupo familiar tiene el derecho a la pensión, el resto no queda excluido de la prestación. Dado a esto, en caso de que se cumplan ciertos requisitos, la pensión se dividirá y es posible que los porcentajes varíen cuando a alguno de los integrantes no les corresponda más el beneficio o si se incluye un nuevo titular de derecho.

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Monto de la pensión por fallecimiento

Para establecer el monto total de una pensión por fallecimiento, es necesario determinar cuánto le correspondería cobrar de jubilación a la persona que falleció. Los porcentajes se determinan de la siguiente manera:

  • El 70% para el cónyuge o conviviente, solo si no hay hijos con derecho a pensión.
  • El 50% para el cónyuge o conviviente, si existen hijos con derecho a pensión.
  • El 20% para cada hijo si hay cónyuge o conviviente con derecho a pensión. Si este no es el caso, el porcentaje de cada hijo aumenta a un 50% en partes iguales.

De todas formas, la suma de las pensiones de todos los beneficiarios no puede exceder el 100% de lo que cobraba la persona fallecida. De ser así, deberán recalcular los montos manteniendo las mismas proporciones. Por otro lado, si alguno de los titulares perdiera el derecho a cobrar, también se recalculará el valor correspondiente a los demás.

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Cómo tramitar la pensión por fallecimiento de ANSES

Para poder acceder a este beneficio es necesario realizar un trámite muy fácil vía el organismo provisional, las opciones son:

  • A través de la Atención Virtual oficial que ofrece ANSES.
  • De manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo.

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