27 de octubre 2024 - 09:45

El gobierno de Javier Milei y ANSES confirmaron que este grupo cobrará $247.010 en noviembre 2024

A punto de comenzar a efectivizar los pagos del mes próximo, la ANSES ya anticipó el monto que cobrará este grupo específico.

Este es el monto que recibirán los pensionados de ANSES en noviembre.

Este es el monto que recibirán los pensionados de ANSES en noviembre.

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) prepara los pagos de noviembre. En ese sentido, ya confirmó cuál será el monto actualizado que recibirán los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) en el mes próximo.

El aumento será del 3,47% para los haberes del mes próximo, debido al dato de inflación de septiembre. Las actualizaciones se rigen por la nueva fórmula de movilidad, determinada a través del Decreto 274/24, que toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás.

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Cambios en el IPS para percibir jubilaciones y pensiones a través de un poder.

Cambios en el IPS para percibir jubilaciones y pensiones a través de un poder.

Monto de la PNC por invalidez en noviembre 2024

El valor de las Pensiones No Contributivas (PNC), tanto por invalidez como por vejez, equivale al 70% de una jubilación mínima. Teniendo en cuenta el aumento del 3,5%, este beneficio será de $177.010,24 en noviembre. Asimismo, si se le suma el bono que confirmó ANSES, este grupo cobrará un total de $247.010,24.

Requisitos de la PNC por invalidez de ANSES

La PNC por Invalidez está destinada a acompañar a las personas que no pueden trabajar por razones de salud y se encuentran en situación de vulnerabilidad social. Para poder contar con esta prestación, hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Acreditar una incapacidad laboral del 66% o más, mediante un Certificado Médico Oficial (CMO).
  • Tener hasta 65 años de edad
  • Ser argentino nativo, o naturalizado, residente en el país.
  • Si sos extranjero, deberás acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años.
  • En el caso de solicitantes menores de edad, son los padres o tutores quienes deben acreditar una residencia mínima continuada en el país de 3 años.
  • No cobrar jubilación ni pensión.
  • En caso de solicitantes menores de edad, los ingresos del grupo familiar no pueden superar las 4 jubilaciones mínimas.
  • Informe catastral con sello del organismo emisor a tu nombre o de tu cónyuge/conviviente. Si sos menor, a nombre de tus padres o tutor (este requisito es solo para residentes en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego).

En lo que respecta a la PNC por Vejez, esta sirve para aquellas personas de 70 años o más, que se encuentran sin cobertura previsional o no contributiva. Asimismo, en caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrar la pensión la persona viuda o concubina mayor de 70 años, incapacitada, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento. Para poder contar con esta prestación, hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 70 o más años de edad.
  • Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.
  • Las personas extranjeras deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.
  • No cobrar, ni el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.
  • No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
  • No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
  • En el caso de un matrimonio, la pensión por vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
  • La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.

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