La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de una serie de productos oftalmológicos. Los mismos son fabricados por la empresa OFCOR SRL, que cuenta con domicilio en la ciudad de Córdoba.
La ANMAT prohibió la comercialización de una serie de productos oftalmológicos
Se trata de una serie de artículos producidos por una empresa cordobesa. La decisión fue tomada ante la falta de registros sanitarios correspondientes.
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En detalle, según la investigación del ente nacional los mismos carecen de los registros sanitarios correspondientes que den cuenta de sus condiciones de elaboración y fabricación. La medida se hizo efectiva tras la publicación de la Disposición 11068/2024 en el Boletín Oficial.
La ANMAT prohibió una serie de productos oftalmológicos
La decisión de la administración nacional comenzó luego de que la Departamento de Control de Mercado realizara una inspección en el domicilio de la empresa, ubicado en la Av. Fuerza Aérea 4642 de la Ciudad de Córdoba. Tras realizar una recorrida por las instalaciones, el responsable de la actividad de la empresa informó que "se dedicaba a la fabricación y venta de instrumental oftalmológico y afirmó que se encontraba habilitado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba como laboratorio a gran escala".
Sin embargo, posteriormente la ANMAT detalló que "se realizó la consulta a la Dirección de Jurisdicción de Farmacia del Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba, que informó mediante nota de fecha 16/09/2024 que la firma se encuentra con la habilitación vencida desde el 04/09/2019 y que no ha realizado el registro de ningún producto ante aquella Dirección". Además, se corroboró que la empresa OFCOR SRL "no consta registro de inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (RPPTM), de esta Administración Nacional, de productos con titularidad ejercida por la firma".
"Por lo expuesto, toda vez que los productos no fueron sometidos a la evaluación de la autoridad sanitaria, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud entendió que se desconocen las características, funcionalidad y seguridad de los productos médicos en cuestión, y corresponde, en consecuencia, considerarlos peligrosos para la salud", detalló la ANMAT.
Ante la falta de registros correspondientes para la elaboración de los productos oftalmológicos, la ANMAT definió prohibir "el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los productos marca OFCOR o que declaren ser fabricados por OFCOR SRL, hasta tanto obtenga sus correspondientes habilitaciones sanitarias". Por otro lado, la administración le abrió un sumario sanitario a la mencionada empresa.
La ANMAT prohibió la comercialización y venta de una marca de queso
En otra medida, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea de los productos queso mozzarella argentino marca tambería holandesa. La investigación comenzó a partir de una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba en relación a la comercialización del producto.
La misma surgió a raíz de una denuncia de un consumidor que manifestó querer verificar al veracidad de los registros que se exhiben en el rótulo del citado artículo. Tras esto, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba intervino e infirmó que verificó en su base de datos de información que el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 040020.77 y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 04022992 que se exhiben en el rótulo del producto investigado son inexistentes.
Como consecuencia, la ANMAT detalló: "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República".
"A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad", agregaron desde la ANMAT.
Debido a la falta de trazabilidad de elaboración del producto, la ANMAT definió prohibir la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea el producto: “QUESO MOZZARELLA ARGENTINO marca TAMBERIA HOLANDESA, ESTABLECIMIENTO: RNE: 040020.77, RNPA: 04022992”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
Por último, la administración también vetó la comercialización de aquellos artículos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE 040020.77 y/o RNPA 04022992, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de registros inexistentes.
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