4 de abril 2025 - 15:09

La ANMAT prohibió la venta de aceites de Cannabis, de oliva y de equipos médicos por irregularidades

No se permitirá su elaboración, fraccionamiento y comercialización. La falta de regularidad fue detectada por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos.

La ANMAT prohibió una serie de aceites cannábicos. 

La ANMAT prohibió una serie de aceites cannábicos. 

Ecoceutics

A través de la Disposición 2164/2025, el organismo vetó la elaboración, fraccionamiento y comercialización, tanto en el país como mediante plataformas digitales, de un aceite de cannabis importado que no se ajustó al procedimiento exigido para el ingreso de alimentos al territorio nacional. Por lo tanto, fue considerado ilegal.

Los productos en cuestión fueron identificados como: “Food Supplement, CBD Gummies, Marca Royal CBD Premium Line, Nombre de Fantasía: CANDY full spectrum, 101 California Street, Floor 28, San Francisco, CA 94111” y “Food Supplement, CBD Acid Gummies, Marca Royal CBD Premium Line, Nombre de Fantasía: Strawberry and Watermelon, 101 California Street, Floor 28, San Francisco, CA 94111”.

La irregularidad fue detectada por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que constató la oferta de los artículos en sitios de comercio electrónico. La investigación posterior confirmó que no cumplían con los procedimientos de importación exigidos, lo que los volvió productos prohibidos.

La prohibición de aceites de oliva

En paralelo, la Disposición 2166/2025 dispuso la prohibición de un aceite de oliva extra virgen que no contaba con los registros obligatorios de establecimiento ni de producto. Además, el envase utilizaba de forma apócrifa datos de registro inexistentes, lo que derivó en su inhabilitación.

aceite de oliva .jpg
Una serie de aceites de oliva también carecía de regularidad.

Una serie de aceites de oliva también carecía de regularidad.

El artículo afectado fue identificado como “aceite de oliva extra virgen marca Finca Don Amancio, Origen de Mendoza, RNE N° 13562136, RNPA N° 13526321”. Esta situación se originó a partir de una denuncia presentada por la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires.

ANMAT prohibió insumos medicinales

En el ámbito médico, la Disposición 2171/2025 restringió el uso, distribución y comercialización de varios dispositivos destinados a cirugías cardíacas. La medida incluyó distintas versiones de válvulas mecánicas y un conducto valvulado aórtico, al determinarse que no era posible garantizar la seguridad ni la calidad de los productos.

La disposición afectó a los siguientes ítems: Conducto Valvulado Aórtico N° 25, Mod. CAVGJ-514, Válvula Cardíaca Mecánica Aórtica N° 23, Mod. AECJ-502, Válvula Cardíaca Mecánica Mitral N° 25, 27, 29 y 31, Mod. MECJ-502. La ANMAT explicó que la utilización de estos elementos implicaba un riesgo para la salud de los pacientes.

Finalmente, la Disposición 2181/2025 estableció la prohibición del uso, comercialización y distribución de una serie de equipos de estética y rehabilitación de la marca DEMIK, al detectarse que no contaban con la debida autorización como productos médicos en la Argentina.

Los aparatos involucrados fueron: Presoterapia Secuencial Digital DEMIK, Ultrasonido DEMIK, Ultracavitador DEMIK y Ultrasonido Sonomik Digital DEMIK. Al no disponer de la identificación correspondiente, la autoridad sanitaria los retiró del mercado por razones de seguridad.

Dejá tu comentario

Te puede interesar