Uno a uno, los beneficiarios que pueden obtener el subsidio por fallecimiento en la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Córdoba

Ante esta eventualidad, el organismo previsional cordobés otorga la posibilidad de obtener un beneficio.

La caja de jubilaciones pensiones y retiros de Córdoba otorga un subsidio por fallecimiento.

La caja de jubilaciones pensiones y retiros de Córdoba otorga un subsidio por fallecimiento.

La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba es el organismo que se encarga de la previsión social de la Provincia. Recibe los aportes de los trabajadores que se encuentran en actividad y paga las jubilaciones y pensiones correspondientes a su jurisdicción. Pero además, tiene otros beneficios para sus afiliados por diferentes eventualidades.

Entre sus beneficios principales, se encuentra el subsidio por fallecimiento, destinado principalmente a los familiares de un jubilado que haya estado cobrando en este organismo hasta sus últimos días. No obstante, no sólo está disponible para los familiares sanguíneos, sino que también pueden acceder personas consideradas familiares que enumeraremos a continuación.

Los beneficiarios que pueden acceder al subsidio por fallecimiento

El subsidio por fallecimiento consiste en un pago equivalente a 5 haberes mínimos, destinado a los familiares del jubilado fallecido. Este subsidio es voluntario y diferente al seguro de vida, y una vez que el afiliado accede, se le descuenta un monto mensual de sus haberes que van destinados a este fondo. El jubilado, pensionado o retirado tiene la posibilidad de designar a una o más personas como beneficiarias. El único requisito es que los designados estén registrados en Ciudadano Digital (CiDi) de la Provincia.

Es importante aclarar que no se permite utilizar cuentas que reciban asignaciones del gobierno, como por ejemplo, la Asignación Universal por Hijo. Para designar beneficiarios o gestionar el cobro, se debe ingresar en cidi.cba.gov.ar, seleccionar el servicio Caja de Jubilaciones, y elegir la opción Subsidios.

En caso de no haber destinatarios preestablecidos por el jubilado, quienes podrán reclamar este subsidio serán: beneficiarios de la pensión, familiares, ascendientes, descendientes o cónyuge. Y la documentación requerida es: Libreta de familia, acta de matrimonio y/o partida de nacimiento. DNI frente y dorso, o declaración jurada de herederos con firma de autoridad competente.

Cómo hacer para cobrar el subsidio

El trámite se realiza de manera on line y se puede realizar hasta 2 años después del fallecimiento del titular de la jubilación, pensión o retiro de la Provincia. Para ello se debe acceder al portal de Ciudadano Digital (CiDi) y entrar en el apartado de subsidios, cobro de subsidio por fallecimiento. En ese lugar se puede consultar todas las pólizas de las cuales se es beneficiario. En caso de que el subsidio esté habilitado para cobrar, se puede iniciar con la acción Iniciar trámite.

Después se debe poner la clave única bancaria (CBU) de la cuenta elegida para cobrar y hacer click en solicitar cobro.

Dejá tu comentario

Te puede interesar