Desde que la Resolución General 5.592 de ARCA fijó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales para personas humanas de manera disociada se vislumbraron los conflictos y reclamos por venir.
Previsible: comienzan los reclamos por los vencimientos de Ganancias
La segregación y adelantamiento de los plazos para la presentación de las declaraciones juradas para personas humanas, pareciera que no facilitan el cumplimiento en tiempo oportuno
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La decisión de estipular los vencimientos del Impuesto a las Ganancias 2024 para los días 12, 13 y 14 de mayo no se condicen con las características de la realidad cotidiana del país (período de receso vacacional vs. período activo) ni tampoco con la armonización temporal de las obligaciones tributarias.
A ello hay que sumarle que, históricamente, la administración tributaria cualquiera sea la fecha de vencimiento llega con el último aliento a poner a disposición los aplicativos; imprescindibles para la determinación y liquidación del tributo.
Y, por supuesto, comenzaron los reclamos de los profesionales que a la postre son los que soportan la presión de los destiempos de la administración.
Los contadores solicitan adecuación
En efecto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA (CPCECABA), se acaba de dirigir al director ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, puntualizando las razones por las cuales es preciso adecuar los vencimientos.
Las cuestiones que resalta la entidad profesional que preside Gabriela Russo son las siguientes:
- Necesidad de disponer de los aplicativos con un margen mínimo de antelación de 60 días hábiles previos al vencimiento para poder dar cumplimiento en tiempo y forma. Y recuerda que los mismos deben ser adecuados a las modificaciones que dispuso la Ley 27.743 de Medidas Fiscales.
- El mes de mayo es el que mayor cantidad de presentaciones de Ganancias Sociedades concentra porque aplica a los cierres de balance del mes de diciembre.
- El vencimiento de personas humanas estaba fijado en el mes de junio en concordancia con el Impuesto sobre los Bienes Personales de naturaleza complementaria a las presentaciones de Ganancias.
Mientras el vencimiento de Bienes Personales queda en junio el de Ganancias para personas humanas queda en mayo.
Se trata de temas operativos (aunque también técnicos debido a las adecuaciones que precisan los aplicativos) que hacen a mejorar el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones tributarias.
En razón de tales argumentos, el Consejo solicitó: “arbitrar los medios necesarios para disponer de las aplicaciones web con la antelación necesaria y adecuar el cronograma de vencimientos para planificar el trabajo y evitar la superposición de tareas”
El adelantamiento estipulado parece apuntar más a la proximidad recaudatoria que a contemplar un mejoramiento en el cumplimiento. No hay que olvidar que existe un tiempo previo que debe dedicarse plenamente a la búsqueda, obtención y depuración de datos para la confección de las declaraciones juradas.
Todo indica que las autoridades deberían revisar esta decisión en pos de ayudar a mejorar las cuestiones operativas que redundan en mejorar el cumplimiento en tiempo oportuno de las obligaciones fiscales.
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