Provincia de Buenos Aires prorrogó la vigencia de regímenes promocionales

Los regímenes regionales de promoción que la provincia acaba de extender para continuar aplicándose los incentivos fiscales, apunta principalmente a partidos del sur bonaerense

Se mantienen los benficios para el sur bonaerense

Se mantienen los benficios para el sur bonaerense

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La provincia de Buenos Aires, a través de sucesivas prórrogas, mantiene vigentes una serie de beneficios promocionales para determinadas localidades de la jurisdicción, que comenzaron a regir en 1999.

Los respectivos regímenes demarcando las zonas beneficiadas se encuentran legisladas en las Leyes 12.322 y 12.323, las cuales acaban de ser nuevamente prorrogadas en su vigencia mediante la sanción de la Ley 15.497 (BOPBA 7/10/24).

La nueva extensión rige por el término de cinco años para ambas leyes, a partir del vencimiento de las Leyes 15.176 y 15.177, normas que dispusieron las últimas prórrogas.

Se trata de regímenes de promoción regionales, que a juzgar por cómo se mantienen a los largo de los años con independencia de los gobiernos de turno, parecen imprescindibles para mantener la radicación poblacional y el desarrollo de la industria y comercio en los partidos y zonas delimitadas.

En consecuencia y atento la nueva extensión de vigencia, cabe recordar cuáles son las zonas comprendidas y los posibles beneficios a usufructuar.

Ley 12.322

Esta ley provincial declara al Partido de Patagones, Área Patagónica Bonaerense y propicia su inclusión como integrante de la Patagonia, lo que fue finalmente logrado a través de la Ley 25.955, en el año 2004.

En cuanto a los beneficios que alcanzan al partido, se disponen los siguientes para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio y la industria, sin perjuicio de los establecidos por otras normas, los que mantendrán plena vigencia:

  • Exención de pago del impuesto inmobiliario urbano y rural.
  • Exención del pago del impuesto sobre los ingresos brutos.
  • Exención del pago del impuesto de sellos.

Como puede observarse se trata de beneficios compatibles con otros tratamientos preferenciales que puedan existir y aplicarse.

La estipulación del plazo para gozar de los beneficios queda en manos del Ejecutivo bonaerense, pero no podrá ser inferior a diez períodos fiscales, según la ley.

Ley 12.323

Por su parte, la Ley 12.323 creó la Zona Austral Desfavorable de la Provincia de Buenos Aires, actualmente conformada por estas dos zonas:

  • Zona A: Los cuarteles ubicados en los Partidos de Puán y Tornquist no comprendidos en la Zona B.
  • Zona B. El partido de Villarino, los cuarteles V, VI, VII, VIII, IX, X, XI del partido de Puán, los cuarteles VIII, IX, X y XI del Partido de Saavedra y los cuarteles III, IV y V del Partido de Tornquist.

Para tales zonas se establecen los siguientes beneficios promocionales para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio, la industria y los servicios, sin perjuicio de lo establecido por otras normas, los que mantendrán plena vigencia, es decir también tiene carácter adicional.

  • Zona A: exención del 50% por ciento del pago del impuesto inmobiliario urbano y rural; del impuesto sobre los ingresos brutos y del pago del impuesto de sellos.
  • Zona B: exención de pago del impuesto inmobiliario urbano y rural; del impuesto sobre los ingresos brutos; del impuesto de sellos y del impuesto a los automotores para medios de transporte.

Cuando las actividades productivas se desarrollaren en la zona regable de CORFO Río Colorado, los beneficios establecidos se limitarán al 50% por ciento de los importes correspondientes a los impuestos referidos.

La Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO Río Colorado) fue creada por Ley Provincial 6245, y ejerce como administrador del servicio de riego del Río Colorado en los partidos de Villarino y Patagones de la provincia de Buenos Aires.

En síntesis se trata de regímenes que más allá de sus modificaciones permanecen desde hace un cuarto de siglo y que acaban de ser prorrogadas por un lustro más.

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