18 de marzo 2025 - 00:00

RESEÑA IMPOSITIVA

El universo normativo que regula las diversas cuestiones tributarias, es amplio. Al cual se le deben agregar aquellas que, sin ser estrictamente tributarias, se encuentran vinculadas a la relación fisco - contribuyente.

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GANANCIAS

  • ARCA aprobó nueva versión del aplicativo de Ganancias Personas Jurídicas

A través de la Resolución General 5.657 (BO 10/3/25) se dio a conocer la versión 25 del aplicativo Ganancias Personas Jurídicas que rige desde el 10/3/25 para quienes lleven un sistema contable que les permita confeccionar balances en forma comercial, a los efectos de la determinación e ingreso del referido gravamen.

Entre los aspectos introducidos, se destacan la incorporación de nuevos campos relacionados con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), como así también la actualización de los montos de la escala del artículo 73 de la ley del gravamen, vigentes para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025.

La nueva versión resultará de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir de la vigencia.

INCENTIVOS FISCALES

  • Las modificaciones al Registro Fiscal de Actividades Mineras, incluyen la aplicación de los certificados de exclusión

La RG 5.333 implementó el “Registro Fiscal de Actividades Mineras”, estableciendo regímenes de retención específicos de los impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias respecto de las operaciones realizadas entre empresas del sector minero, además de un régimen de información para los titulares de derechos de exploración o cateo otorgados por las autoridades mineras.

En ese contexto normativo, la Resolución General 5.663 (BO 12/3/25) modificó la RG 5333 sustituyendo el art. 6º, 7º, 12, 23, 34 y eliminó el inciso c) del artículo 10, con vigencia a partir del 12/3/25

Dentro de tales cambios se destaca la posibilidad de oponer los certificados de exclusión de los regímenes de retención de los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado previstos en las Resoluciones Generales 830 y 2.226, para aquellos sujetos inscriptos en la sección “Proveedores de Empresas Mineras” del citado registro.

Asimismo, se incorporan reformas a los controles de requisitos para el solicitante del Registro, modalidad de consulta web con el sujeto registrado, incorporación de nuevas sustancias como uranio y torio, entre otras modificaciones.

PROCEDIMIENTO

  • Nuevas normas para el régimen de información financiera sobre tarjetas de crédito en moneda extranjera

Oportunamente, mediante la RG 3.421, se reglamentó un régimen de información correspondiente a la actividad financiera, detallando los sujetos obligados a través de sus anexos, respecto de las operaciones indicadas.

Entre ellos, el Anexo IV incluye a las entidades administradoras de tarjetas de crédito, las que, entre otros aspectos, deben informar los consumos en el exterior efectuados por titulares y adicionales de tarjetas de crédito, de compra y/o débito emitidas en el país.

Así las cosas, a los fines de ejercer mayores controles, la ARCA adecuó el citado anexo mediante el dictado de la Resolución General 5.662 (BO 12/3/25) a cuyos efectos modificó el punto 5, el punto 6 del Apartado “C - DETALLE DE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR” y se incorporó como nota aclaratoria (9) del Apartado “F - NOTAS ACLARATORIAS”, el siguiente:

“Los códigos de rubros a informar son aquéllos previstos en el MERCHANT CATEGORY CODE (MCC) utilizado por las entidades administradoras de tarjetas de crédito en base a los códigos de la Organización Internacional de Normalización (ISO), códigos de Clasificación Industrial Estándar (SIC) y/o sus equivalentes o los que los reemplacen en el futuro.”.

Lo regulado entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos operen a partir del 1 de julio de 2025, inclusive.

VALOR AGREGADO

  • ARCA aprobó nueva versión del aplicativo de Impuesto al Valor Agregado

El ente recaudador dictó la Resolución General 5.658 (BO 10/3/25) aprobando la versión 6 del aplicativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que deberán utilizar los contribuyentes y/o responsables del tributo alcanzados por las disposiciones de la RG 715, a efectos de cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del gravamen.

Entre las novedades de esta nueva versión se habilitan campos para informar el crédito fiscal abonado mediante los Certificados de Crédito Fiscal del IVA en el marco del RIGI.

Las aludidas novedades serán replicadas en el formulario “F. 2002 IVA por Actividad” del servicio con Clave Fiscal “Mis Aplicaciones WEB”, para los sujetos que deban confeccionar sus declaraciones juradas con arreglo al procedimiento establecido por la RG 5591

Rige desde el 11/3/25 y resultarán de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir de esa fecha.

RHF

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