¿Creatividad o plagio? el dilema de las imágenes hechas con inteligencia artificial

El parecido inquietante con el estilo del Studio Ghibli despertó alertas en el mundo del arte, el derecho y la tecnología. ¿Estamos ante una forma de homenaje creativo o frente a un nuevo tipo de infracción de copyright?

La IA no sólo genera textos o música, también puede producir ilustraciones con gran realismo y sofisticación.

La IA no sólo genera textos o música, también puede producir ilustraciones con gran realismo y sofisticación.

El uso de imágenes de inteligencia artificial está dando mucho de qué hablar sobre si es un plagio o no. El fenómeno en redes sociales volvió a la escena con las mágicas fotos generadas por IA que evocan el universo visual de Hayao Miyazaki, sin copiar literalmente ninguna de sus obras. Sin embargo, el parecido inquietante con el estilo del Studio Ghibli despertó alertas en el mundo del arte, el derecho y la tecnología. ¿Estamos ante una forma de homenaje creativo o frente a un nuevo tipo de infracción de copyright?

La IA no sólo genera textos o música, también puede producir ilustraciones con gran realismo y sofisticación. Herramientas como Midjourney, DALL·E y Stable Diffusion permiten a cualquier persona crear, con apenas una descripción textual, imágenes “al estilo de” cualquier artista. En este contexto, miles de usuarios comenzaron a producir fondos, personajes y paisajes inspirados en el trazo nostálgico de Ghibli. El resultado: una avalancha de contenido visual que despierta tanto admiración como alarma.

Desde el punto de vista jurídico, el estilo artístico no está protegido por derechos de autor. Lo que se protege es la obra concreta: personajes, guiones, animaciones, paisajes específicos. El “estilo Ghibli” como tal —atmósferas poéticas, rostros redondeados, colores pastel— no puede registrarse ni prohibirse. Por eso, los generadores de imágenes por IA esquivan, hasta ahora, el marco legal tradicional.

Sin embargo, el problema se complejiza cuando las imágenes creadas por IA se parecen demasiado a las obras originales o si usan material entrenado directamente con los contenidos protegidos. Esto ha llevado a múltiples demandas judiciales en distintos países y a una creciente presión para regular el uso de IA en la industria creativa.

Fallos judiciales: la IA no es autora

Uno de los casos más representativos es el de Thaler v. Perlmutter en Estados Unidos (2023), donde la justicia rechazó el intento de registrar con copyright una imagen generada por IA. El tribunal fue claro: la autoría sólo puede ser atribuida a seres humanos. No importa qué tan “original” parezca la imagen: si no hay un humano creando, no hay derechos que proteger.

Por otro lado, en China (2020), un tribunal reconoció el copyright de un artículo redactado por inteligencia artificial, pero sólo porque hubo intervención humana significativa en el proceso. Esta condición —la “mano humana”— es la línea que divide la creación protegida de la automatización sin derechos.

Así, la jurisprudencia está en construcción, con fallos que oscilan entre la protección de ciertos usos de la IA y el rechazo a otorgarle personalidad jurídica o derechos de autor. Pero ninguna decisión ha sido definitiva ni ha resuelto el dilema de fondo: ¿a quién pertenece una obra creada por una máquina entrenada con obras ajenas?

En este contexto vuelve a cobrar fuerza una vieja crítica desde el liberalismo clásico. En 1998, Alberto Benegas Lynch (h) publicó en la Revista Libertas un paper titulado “Apuntes sobre el concepto de copyright”, donde sostiene que la propiedad intelectual no es un derecho natural, sino una ficción legal creada por el Estado para restringir la circulación de ideas.

Citando a Arnold Plant, Tom Palmer, Friedrich von Hayek y otros pensadores liberales, Benegas Lynch (h) argumenta que las ideas, al ser reproducibles sin pérdida y no poseer escasez física, no deben tratarse como bienes apropiables. Desde esta óptica, el copyright sería un privilegio legal arbitrario, que distorsiona la competencia, frena la innovación y convierte el conocimiento en un bien artificialmente escaso.

Esta posición, considerada radical por muchos, adquiere nueva relevancia ante la explosión de contenido generado por IA. ¿Tiene sentido hablar de plagio cuando una máquina reinterpreta miles de influencias y produce algo nuevo? ¿O estamos frente a un sistema legal obsoleto que ya no se ajusta a las formas modernas de creación?

Ghibli, IA y la revolución cultural

El caso del estilo Ghibli funciona como emblema de esta discusión. Nadie niega el valor de las obras originales ni el derecho de los artistas a ser reconocidos. Pero tampoco se puede ignorar que la tecnología ha democratizado la creación artística. Hoy, cualquier persona puede producir ilustraciones visualmente impactantes sin pasar por una escuela de arte ni trabajar para un gran estudio.

¿Eso amenaza a los artistas consagrados o simplemente redistribuye el poder creativo?

Algunos lo ven como un “asalto” a la industria cultural; otros como una revolución emancipadora, que rompe las jerarquías y abre la puerta a nuevas formas de expresión. En este punto, las ideas liberales vuelven a tener peso: quizás no se trata de proteger monopolios sobre el conocimiento, sino de garantizar la libertad de aprender, crear, copiar y mejorar.

El avance de la inteligencia artificial desafía no sólo la tecnología, sino también los principios legales y filosóficos sobre los que se sostiene nuestra cultura. La pregunta ya no es si se puede “copiar” un estilo, sino si tiene sentido seguir hablando de propiedad sobre ideas en un mundo donde todo se reinventa constantemente.

En lugar de perseguir a quienes usan IA para crear arte, tal vez haya que repensar el sistema legal que impide compartirlo libremente. Como sugiere Benegas Lynch (h), tal vez el problema no está en la máquina, sino en un modelo de propiedad intelectual que ya no está a la altura del tiempo en que vivimos.

Project Manager de la Fundación Internacional Bases

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