27 de septiembre 2024 - 19:14

En rechazo de resolución del Gobierno, Justicia avaló a un municipio cobrar tasas en las facturas de servicios

Un juez de Campana falló en favor del municipio bonaerense de Pilar. Podrá cobrar de esa manera "hasta que se resuelva la cuestión de fondo".

Pilar podrá seguir cobrando tasas en facturas de servicios públicos por seis meses.

Pilar podrá seguir cobrando tasas en facturas de servicios públicos por seis meses.

El juez González Charvay había hecho lugar a una medida precautelar el 18 de septiembre pasado y suspendido de inmediato la medida del Gobierno. Este viernes hizo lugar a la cautelar y estableció que Pilar podrá seguir incluyendo el cobro de tasas en boletas de servicios públicos por seis meses hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

El ministerio de Economía defendió su decisión con un informe presentado ante el juez. Allí aclaró que lo que no puede hacerse es "la facturación conjunta o fusionada en un mismo documento respecto de cargos o tasas que resulten ajenos a la naturaleza y prestación del servicio".

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El fallo judicial beneficia sólo al Municipio de Pilar.

El fallo judicial beneficia sólo al Municipio de Pilar.

Según Economía, cobrar todo junto podría derivar en "suspensión o interrupción" de la prestación (luz o gas), "frente a la dificultad o la imposibilidad de afrontar el pago" en tiempo y forma. No obstante, la norma del Gobierno no prohíbe a los municipios cobrar las tasas, pero deben hacerlo por separado.

Para el juez esta decisión del Gobierno afectar la autonomía municipal que "se vería vulnerada, prima facie" porque "le prohíbe el mecanismo utilizado, desde hace varios años" para el cobro de recursos propios.

La prohibición del Gobierno

El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció el 10 de septiembre que los municipios tendrán prohibido incluir impuestos en la facturación de servicios esenciales como luz y gas.

"Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial", publicó el ministro Caputo en su cuenta de X.

Según explicó, las facturas de servicios esenciales solo deberán contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, "quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio".

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