7 de febrero 2025 - 17:13

Fallo Levinas: tras las criticas, el Tribunal Superior de Justicia porteño suspendió hasta el 17 de febrero los plazos para los recursos

Un fallo de la Corte Suprema de fin del 2024 dispuso que las decisiones de las Cámaras nacionales deben ser revisadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Hay varios cuestionamientos.

Tribunal Superior de Justicia porteño.

Tribunal Superior de Justicia porteño.

En medio de los cuestionamientos al fallo de la Corte Suprema que establece que las decisiones de las Cámaras nacionales deben ser revisadas por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño, este alto tribunal decidió este viernes suspender hasta el lunes 17 de febrero los plazos para la interposición de recursos.

Resulta razonable disponer la suspensión del plazo para la interposición de todos los recursos previstos por la ley 402 en el ámbito de este Tribunal que provengan de los fueros nacionales ordinarios de la CABA”, sostuvo el TSJ en una acordada donde establecieron que el 17 de febrero como el nuevo día de inicio del cómputo para las interposiciones de recursos.

El fallo de la Corte es cuestionado por los jueces de distintas Cámaras Nacionales de CABA, quienes ya convocaron a acuerdos para definir una estrategia frente a la decisión del máximo tribunal del país. Sostienen que el fallo le dio al Tribunal Superior porteño el poder de revisar sus sentencias.

Corte Suprema Tribunales Justicia
Sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Además de los camaristas, distintas asociaciones de magistrados y abogados cuestionan el fallo de la Corte. Por ejemplo, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de la Nación (AMFJN) había pedido a la Corte Suprema la revocación del fallo “Levinas” que da poder al Superior Tribunal de Justicia de CABA para revisar los fallos de la justicia nacional y que se suspendan los efectos de todas las decisiones en las que el TSJ porteño sea el revisor de las resoluciones de jueces nacionales.

La advertencia de la Corte Suprema: "sus precedentes deben ser seguidos"

En el primer acuerdo luego de la feria judicial de verano, la Corte Suprema firmó el jueves 211 sentencias, y en una de ellas recordó que sus precedentes deben ser acatados.

Se trata del fallo “Raskovsky, Luis Ernesto c/ Perrone, Gabriela Alejandra s/ ejecutivo”, en el que se resolvió sobre un proceso en que se había ordenado una subasta de un inmueble ubicado en la localidad de Castelar.

Los integrantes de la Corte remarcaron en ese fallo que “…sería en extremo inconveniente para la comunidad si los precedentes no fueran debidamente considerados y consecuentemente seguidos”

En este caso, la Corte declaró mal concedido un recurso presentado contra una sentencia que había declarado la inconstitucionalidad de la ley 14432 de la provincia de Buenos Aires. dictada en 2012, para la “Protección de Vivienda Única y de Ocupación Permanente”.

El conflicto está relacionado a un proceso por el cobro de un pagaré, en el cual se había ordenado la subasta del inmueble.

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