El círculo de la persecución se aproxima a su cierre y deja a Alberto Abad y otros funcionarios de la AFIP al borde de la indagatoria. En el marco de la investigación que lleva adelante el juzgado a cargo de la doctora María Servini, donde se investiga la persecución administrativo-judicial que padecieran Fabián de Sousa y Cristóbal López junto a sus empresas, se acaba de producir un hallazgo impactante y escabroso que revela hasta qué punto determinados contribuyentes de interés político para el gobierno de Cambiemos padecieron todo tipo de excepcionalidades de seguimiento, control y tratamiento.
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Se confirmó el funcionamiento de un sistema de control exclusivo para las empresas del grupo. Un hecho inédito. El rol que jugaron el propio Macri, Elisa Carrió, Jaime Mecikovsky y Leandro Cuccioli.
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El hallazgo que se produjo en los últimos días es la confirmación oficial definitiva de lo que ya era un secreto a voces: la elaboración de un sistema informático de monitoreo exclusivo para las empresas del Grupo Indalo, es decir, un sistema de control propio para todas las empresas del grupo (sea cual fuere su tamaño o lugar de domicilio) separado del resto del universo de contribuyentes por el solo hecho de tener determinados accionistas en común.
Surge de la prueba hallada que este sistema específico para todas las empresas tuvo una “actualización diaria” en tiempo casi real y se gestó a comienzos del mes de abril de 2016, tal como queda reflejado de los elementos documentales recabados por el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1.
La contundencia de este elemento de prueba es de enorme magnitud ya que pone al descubierto una nueva pieza de un rompecabezas que, visto en conjunto, empieza a tener un sentido global y direccionado a lo que en definitiva terminó ocurriendo. Cárcel, quiebra y desguace mediante un articulación de relojería entre organismos administrativos, estamentos judiciales y medios de prensa, bajo el comando de las máximas esferas del Poder Ejecutivo de entonces, tal como es la hipótesis que en definitiva se investiga en dicho juzgado.
El hallazgo coloca nuevamente a la AFIP de la era Cambiemos en el centro de las sospechas sobre un accionar sesgado respecto de determinados contribuyentes de interés político, es decir, totalmente alineados con los designios de la Casa Rosada de entonces. Sospecha de la que tampoco resultan ajenos otros organismos como la Unidad de Investigación Financiera (UIF) y la Oficina Anticorrupción (OA) del macrismo, donde las evidencias de vasos comunicantes y actuación coordinada entre todos ellos se agigantan día a día.
La sorpresa de la magnitud de este tipo de “excepcionalidades” ejecutadas al amparo del gobierno anterior se expandió dentro de los funcionarios técnicos de carrera de la AFIP, quienes ante consultas de este medio negaron de plano que haya existido algo siquiera similar en toda la historia del organismo. No solo por el carácter centralizado de la “herramienta de monitoreo”, sino por el criterio de seguimiento “grupal” de lo que en teoría y de acuerdo a las normas oficiales son contribuyentes distintos. Los conocedores de los pasillos del edificio de Plaza de Mayo apuntan a que esa herramienta era una forma de esconder a plena vista la injerencia y acceso de los funcionarios de mayor jerarquía en las consultas y seguimiento de las empresas “del grupo”, que en casos normales se encuentran diseminada y delegada en cada una de las distintas Regionales. Es decir, atribuyen al sentido de la “herramienta” como una forma de monitorear el “grupo” sin ser detectados y sin tener que requerir la información a cada una de las áreas teóricamente competentes, dejando expuesto su interés.
Más aún, otras fuentes del organismo consultadas advirtieron que si funcionarios de una jurisdicción utilizaban la herramienta para acceder a otra empresa del grupo pero con asiento en otra jurisdicción, este tipo de mecanismos de control grupal centralizado pudo haber sumado otro elemento de ilegalidad manifiesta, cuyas implicancias estarían siendo aún esclarecidas al interior de la AFIP.
De todos modos la creación de esta anómala herramienta a nivel “grupo” revela hasta qué punto la AFIP se encontraba en aquel tiempo en una “excursión de pesca” para encontrar delitos tributarios (o cualquier otro análogo en su especie) que pudieran sostenerse mínimamente, lo que a falta de resultados concretos de “evasión” le demandaba emprender una tarea de análisis “cuasi comercial” o de “gestión empresarial financiera”, jamás realizada en la historia del organismo por su absoluta indiferencia a los fines de presuntos delitos tributarios y a los fines de que los contribuyentes accedan a no a planes de pago, tal como vienen poniendo de manifiesto cada uno de los testigos que concurren al juicio oral del caso Oil.
Incluso, los documentos recabados por el juzgado arrojan luz de otros contrasentidos notorios de la acusación realizada a la firma Oil que revelan hasta qué punto la AFIP sabía que la acusación era de índole “política” (contra los dueños del grupo) y que no había desvío alguno de la normalidad en como tramitaron los expedientes de planes de pago individuales.
Bajo esta lógica todo el resto, es decir, los funcionarios públicos, eran piezas que se verían involucradas judicialmente “de rebote” en el objetivo político a lograr, tal como explican diversas fuentes de la AFIP, muchos de los cuales advirtieron y dejaron entrever esto mismo en la nota de reclamo elevada a Cuccioli en el año 2018 de la que diera cuenta Ámbito el 13 de mayo de 2019 (Rebelión de jefes en la AFIP por desmanejos en causas judiciales).
Las pruebas ahora recabadas evidencian esta errática actuación dado que es posible apreciar que, incluso la “herramienta sistémica” de monitoreo singular del grupo, también fue puesta en cabeza del contador Eduardo Nappa quien se desempeñaba en 2016 como Director Regional de Microcentro.
Lo paradójico es que, al mismo tiempo, dicho funcionario fue acusado por la misma AFIP como “partícipe de la Defraudación” por su rol de Director de la Regional Palermo en los años 2013-2015. La torpeza, contradicción y matiz político que se revela en el accionar del organismo es tal que, visto al día de hoy, es posible inferir que en su apuro de accionar con objetivos y bajo mandatos de tipo políticos, Alberto Abad puso a monitorear y a desarticular las supuestas maniobras fraudulentas “del grupo” a quien luego acusaría de haber sido partícipe en su generación. Incluso a quien mantuvo paralelamente en el cargo directivo hasta entrado el año 2018, donde el procesamiento judicial (apoyado por la propia AFIP desde su rol de querella) obligó a su reemplazo ante la furia y consternación de sus compañeros por la “doble vara” empleada con el caso Oil.
La contundencia de esta prueba abre ahora el interrogante de cuál es el margen que sigue teniendo la AFIP para sostener estas acusaciones, máxime de cara a los resultados de la pericia contable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la que se diera cuenta en nota del 5 de agosto de 2019 que, en prieta síntesis, echa por tierra el invento de la evasión de los famosos 8.000 millones de pesos, clarificando que la deuda en planes individuales al 10/12/2015 ascendía a menos del 10 por ciento de dicha cifra, precisamente a 660 millones y que, para peor, la totalidad de la deuda se encontraba a esa fecha regularizada en planes vigentes “al día", es decir, que se venían pagando regularmente volviendo la deuda legalmente inexigible, transformando directamente en absurda la tesis de la existencia del “plan defraudatorio” tal como fuera inicialmente alegada.
Ahora se sabe que la falsedad del eje central de la acusación que reveló la pericia fue siempre y desde un comienzo conocida en “tiempo real” por la AFIP de Cambiemos y sus altas esferas, ya que era la información que obraba precisamente en su “herramienta” sistémica grupal que ahora se descubre y que consistentes rumores indican no sería el único “grupo” que las padeció entre el 2016 y 2019 lo que de verificarse, permitiría arrojar nuevas revelaciones y conclusiones de cómo fue cooptado el funcionamiento de la AFIP de Cambiemos para hacerlo compatible con la persecución política judicial.
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