26 de febrero 2025 - 12:27

Presentaron el primer amparo para suspender la designación de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema

Lo hizo la asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), mediante una medida cautelar interina.

Mencionaron una “acción que lesiona con arbitrariedad (...) el artículo 18 de la Constitución Nacional”.

Mencionaron una “acción que lesiona con arbitrariedad (...) el artículo 18 de la Constitución Nacional”.

Además, la asociación promovió una acción de nulidad e inconstitucionalidad del decreto 137/2025 del Poder Ejecutivo que autorizaba dicha designación. En paralelo, solicitaron que la acción se inscriba en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.

Amparo para suspender la designación de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema

Al momento de argumentar su pedido, la CEPIS señaló en un comunicado: “El dictado del decreto 137/2025 demuestra la vulneración de principio de no concentración de poder, carece de la debida fundamentación y resulta desproporcionada la relación de la situación alegada con el daño institucional que genera”.

Según la ONG, esta circunstancia “evidencia la arbitrariedad e inconstitucionalidad del mismo, asumiendo el Poder Ejecutivo facultades que le son regladas al poder legislativo en la búsqueda de consensos y control cruzado de facultades y deberes. En definitiva, arrogándose el Poder Ejecutivo facultades vedadas por la Constitución Nacional”.

Entre otros aspectos, se habló de una “acción que lesiona con arbitrariedad manifiesta la garantía de independencia prevista en el artículo 18 de la Constitución Nacional”.

Corte Suprema Tribunales Justicia
La CEPIS señaló que “el dictado del decreto 137/2025 demuestra la vulneración de principio de no concentración de poder".

La CEPIS señaló que “el dictado del decreto 137/2025 demuestra la vulneración de principio de no concentración de poder".

Finalmente, la Asociación Civil en su presentación, indicó: “Estas disposiciones establecen los contenidos mínimos para que el sistema de administración de justicia sea independiente de los demás poderes del Estado y para que los jueces, fiscales y defensores puedan desempeñar con libertad la delicada misión que les ha sido asignada, sin interferencias políticas, y protegidos de cualquier presión, ataque o persecución”.

El gobierno de Javier Milei oficializó la designación de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla y explicó las razones

El gobierno de Javier Milei hizo oficial la designación de Lijo y García Mansilla como jueces de la Corte Suprema de la Justicia mediante el Decreto 137/2025. La medida había sido anticipada por intermedio de un comunicado publicado desde la Oficina del Presidente.

La legislación que confirma sus cargos se reconfirmó en el Boletín Oficial. Según la disposición del gobierno, el objetivo es que "los intereses de la política no se interpongan por sobre los del pueblo argentino".

En las páginas publicadas en el decreto, el Gobierno remarcó que existían dos vacantes en la Corte Suprema que "requieren ser cubiertas sin demora" debido a la renuncia de la Dra. Elena Inés Highton de Nolasco, en 2021 y, la del Dr. Juan Carlos Maqueda, en diciembre de 2024.

Por tal motivo, el órgano había quedado conformado únicamente por tres integrantes: Horacio Rosatti, presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

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