29 de junio 2024 - 09:39

Advierten que con la eliminación de las AFAP los jubilados podrían perder una bonificación mayor

El sistema mixto permite una renta extra por las inversiones que realizan las Aseguradoras de Fondos de Ahorro Previsional.

La eliminación de las AFAP que pretende la reforma constitucional impulsada por el PIT-CNT podría significar la pérdida de un beneficio extra para los jubilados.

La eliminación de las AFAP que pretende la reforma constitucional impulsada por el PIT-CNT podría significar la pérdida de un beneficio extra para los jubilados.

La situación de la seguridad social en Uruguay vuelve a estar sobre el tapete, teniendo en cuenta que el gobierno ya aprobó una reforma que está vigente actualmente y que significó, entre otras cosas, un aumento de la edad jubilatoria, un cambio en el cálculo del salario jubilatorio y una modificación en la distribución de los aportes al sistema jubilatorio. Desde la central sindical PIT-CNT y algunos sectores del Frente Amplio se impulsó una recolección de firmas para derogarla mediante un plebiscito y la Corte Electoral esta cerca de anunciar que están las firmas habilitadas para que se concrete.

Lucía Cabrera, abogada Senior del Departamento Legal-Sector Laboral y contencioso de KPMG Uruguay explicó a Ámbito cual es el papel que hoy cumplen las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional, hoy cuestionadas en su funcionamiento por esta campaña.

“La AFAP es una empresa privada que tiene como único objetivo la administración de los fondos de ahorro previsional, es decir, la administración del dinero que llega por los aportes de los trabajadores. Esto implica que la AFAP hará inversiones sobre ese dinero que administra", señaló, y agregó que "todo este accionar está controlado por el Banco Central", por los que "no tienen una libertad para hacer lo que quieran, está por ley determinado qué inversiones pueden hacer, cuáles no, y también tiene un arduo control por parte del Banco Central de que se realice efectivamente y se cumpla con toda la normativa".

Según la experta, las AFAP tienen "el rol de buscar inversiones, realizar las inversiones y obtener rentabilidad por esas inversiones que hoy en día está en promedio anual del 3%". "Es su único rol, una vez que la persona cumple con algún requisito para percibir el dinero, la AFAP paga ese dinero, salvo en caso de jubilación, donde la administradora remit los fondos a una aseguradora que hoy en día es solamente el Banco de Seguros del Estado (BSE) y éste quien hace el pago”, explicó.

Cabrero agregó que “una de las propuestas principales del plebiscito de reforma constitucional es justamente la eliminación de la AFAP": "Esto implicaría la vuelta al sistema único, es decir, la eliminación del sistema mixto, que implica que va a ser administrado únicamente por cada entidad particular, el Banco de Previsión Social (BPS)".

Los cambios que traería la eliminación del sistema mixto

¿Cuáles serían las diferencias del régimen actual con el régimen en caso de que se apruebe el plebiscito?

Para empezar, sería "la eliminación de todas aquellas cuestiones que introdujo la existencia de la AFAP, como la posibilidad de obtener una bonificación o un beneficio mayor a raíz de las rentas que se obtienen por las inversiones que realiza la administradora con los aportes": "Cuando un afiliado aporta al BPS, luego va a recibir una prestación según lo que aportó. Sin embargo, respecto a la AFAP, lo que hace con el dinero que recibe del aporte es realizar inversiones que generan renta, que implica que luego se va a tener un beneficio adicional por un monto mayor en cuanto a la jubilación”, sostuvo Cabrera.

La abogada de KPMG mencionó otros beneficios del actual sistema como “la inexistencia de topes, ya que la jubilación depende directamente del monto aportado en la cuenta individual". "No pasa lo mismo respecto a la jubilación por la parte BPS, donde hay un tope sin perjuicio de que la persona haya aportado mucho más durante su vida, va tener un tope jubilatorio que ahora más o menos está en unos 80.000 pesos”, afirmó.

Sobre uno de los aspectos principales de la oposición a la ley que formarían parte del plebiscito como es la seguridad jurídica sobre que pasará con los fondos existentes en cada una de las cuentas individuales , la abogada precisó que se establece que el fondo pasaría a un fideicomiso de administración a cargo del BPS, pero que “no es claro de qué forma se va a administrar ni de qué forma se van a mantener o no los derechos de las personas que ya habían realizado la aportación". "Esa incertidumbre, ese problema de seguridad jurídica es en la que se basan muchas personas que se encuentran en contra de este plebiscito porque no hay claridad exactamente sobre cómo se va a tratar ese dinero, lo que se llaman derechos adquiridos, y existe entonces cierta inseguridad que preocupa a las personas”, consideró Cabrera.

Asimismo, respecto de la posible afectación a la llegada de inversiones al país en caso de aprobarse los cambios impulsados por el PIT-CNT, “se puede considerar que una modificación tan grande y un retroceso a un sistema de solidaridad intergeneracional y no mixto que haya sido una tendencia internacional implica una vuelta atrás al pasado y al régimen anterior, un régimen que se modificó por alguna razón donde lógicamente había situaciones financieras, sociales y demográficas que dieron la necesidad de instaurar un régimen mixto·”, concluyó la abogada de KPMG Uruguay.

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