Luego de pasadas las elecciones del domingo, la Corte Electoral explicó qué deben hacer los ciudadanos que no pudieron emitir su voto a su vez que adelantó qué pasa con las constancias de sufragio que se emitieron con fecha errónea de los comicios de octubre.
¿Cómo deben justificar los ciudadanos que no votaron?
La Corte Electoral explicó cuál es el funcionamiento del trámite y comentó lo que deben hacer las personas que recibieron una constancia con fecha errónea.
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El ministro de la Corte Electoral, José Garchitorena, comentó qué es lo que deben hacer las personas que recibieron una constancia de voto con fecha del 27 de octubre y no del 24 de este domingo. "Al momento de la impresión se tomó por error el archivo de la elección de octubre, en lugar del de noviembre", explicó.
"Enterada ayer de mañana (por este domingo) la Corte que en algunos circuitos las constancias que habían ido eran de octubre, se mandaron a imprimir las correctas para ser sustituidas en esas mesas", agregó en diálogo con Telemundo.
Por otro lado, explicó que también hay otra forma de conseguirla. "Las personas que se les entregó una constancia con la fecha corregida a birome, si no les es aceptada al momento del control del voto, podrán descargar la constancia correcta desde la página web de la Corte Electoral, como también podrán hacerlo todos aquellos que de aquí a dentro de cuatro meses cuando se empieza a controlar la emisión del voto hayan perdido la constancia", comentó.
¿Qué pasa si no voté?
El ministro explicó cómo deben accionar las personas que no se acercaron a votar. "A partir de mañana martes y durante 30 días corridos quienes no hayan sufragado podrán concurrir a una oficina electoral o a través de la página web para justificar su no emisión del voto por razones de fuerza mayor, de salud", explicó Garchitorena.
"Las personas que se encontraban de viaje o fuera del país el domingo tienen 30 días a partir de su regreso al país para justificar su no emisión del voto por ese motivo", añadió.
Las justificaciones válidas para evitar pagar la multa son:
- padecer una enfermedad, invalidez o imposibilidad física;
- estar ausente del país el día del acto electoral; o
- razones de fuerza mayor.
El no cumplir con la obligación del voto —sin la justificación correspondiente— conlleva el pago de una multa, por lo que el valor de la misma es de 1.740 pesos para este balotaje; mientras que los funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (UdelaR) deben pagar el doble: 3.480 pesos.
El pago de las multas se podrá tramitar a través de un formulario que quedará disponible en la página web de la Corte Electoral. Este trámite no tiene plazo, mientras que la multa deberá pagarse por cada elección en la que no se vote.
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